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IVA – Los errores o retrasos en el SII no impiden recuperar el IVA soportado

martes, 10 de octubre de 2023
Flash Fiscal

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia de 6 de marzo de 2023, ha considerado que los errores o retrasos en el SII no impiden recuperar las cuotas de IVA soportado cuando concurren los requisitos sustanciales para que opere la deducción.

El TSJ de Galicia, aun reconociendo que esta cuestión es discutible, considera prima facie que la exigencia de utilizar el Sistema de Información para la contabilización no deja de ser un requisito formal añadido que no puede superponerse al principio de neutralidad del IVA consagrado en la jurisprudencia comunitaria, concluyendo que los errores o retrasos en el SII podrán, en su caso, ser sancionados como tales incumplimientos pero no podrán limitar los derechos (en particular el derecho a la deducción del IVA soportado) que el sistema del IVA confiere a los sujetos pasivos cuando concurren los requisitos sustanciales o materiales para que opere la deducción.

Esta sentencia es ciertamente positiva, si bien cabe esperar que el Abogado del Estado interponga recurso de casación.

 

Accede a la sentencia completa AQUÍ

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